Comisiones Obreras de Ceuta | 3 diciembre 2024.

Carlos Bravo explica los aspectos más importantes

La nueva reforma del subsidio por desempleo supone un avance en derechos de protección e inserción laboral

  • Desde CCOO mostramos nuestra satisfacción por el avance que constituye este acuerdo

09/05/2024.
Carlos Bravo, junto a Emilio Postigo y Ángel Lara en una foto de archivo de su última visita a Ceuta.

Carlos Bravo, junto a Emilio Postigo y Ángel Lara en una foto de archivo de su última visita a Ceuta.

Como ya se ha hecho público, los sindicatos y el Ministerio de Trabajo han llegado a un acuerdo en relación con la reforma del nivel asistencial de la protección por desempleo, cuyo objetivo es mejorar la protección de las personas trabajadoras sin empleo y facilitar la vuelta al mercado de trabajo.

Una vez se ha producido el acuerdo, el secretario confederal de Políticas Públicas y Protección Social de Comisiones Obreras (CCOO), Carlos Bravo, ha explicado los aspectos más importantes.

El texto mantiene la cotización del 125% de la base mínima para las personas perceptoras del subsidio para mayores de 52 años. Junto a esto, fruto de las negociaciones, se han incorporado buena parte de las propuestas de CCOO.

Las principales medidas recogidas en el anteproyecto de ley para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo son las siguientes:

-       El subsidio para mayores de 52 años no se modifica.

-       Se mejora la cobertura de las personas con cotizaciones insuficientes para acceder a las prestaciones contributivas y sin cargas familiares, lo que beneficia especialmente a las personas más jóvenes. La duración del subsidio por cotizaciones insuficientes es proporcional a los meses cotizados.

-       Se modifica el requisito de rentas pudiendo elegir entre rentas propias o rentas de la unidad familiar (incluyendo al solicitante aunque supere el 75% del SMI).

-       Reconocimiento de los subsidios por períodos trimestrales. Se exigirá carencia de rentas o tener responsabilidades familiares en el mes anterior a la solicitud y a las prórrogas.

-       Se incrementa la cuantía del subsidio en los 12 primeros meses. Este incremento se aplica también a los subsidios para emigrantes retornados y el de víctimas de violencia de género o sexual.

-       Se elimina la parcialidad de los subsidios tras un trabajo a tiempo parcial.

-       Se establece por primera vez una prestación asistencial para las personas menores de 45 años que agotan la prestación contributiva de 12 meses y no tienen cargas familiares, que antes se encontraban excluidos.

-       Se establece un plazo de 6 meses para poder solicitar la reanudación de la prestación cuando ésta se haya suspendido.

-       Se establece un nuevo incentivo al empleo, el Complemento de Apoyo al Empleo (CAE) que permitirá a las personas beneficiarias de prestaciones, compatibilizar la prestación con el empleo a tiempo completo o parcial, en una o varias relaciones laborales, durante 180 días.

-       Se posibilita el acceso para todos los eventuales agrarios a la protección asistencial por desempleo, a la que hasta ahora sólo podían acceder las personas residentes en Andalucía o Extremadura.

-       Se posibilita el acceso a las prestaciones contributivas para las personas trabajadoras transfronterizas de Ceuta y Melilla.

-       Se garantiza un subsidio para víctimas de violencia de género o sexual y otro para emigrantes retornados. Estos subsidios también verán incrementada su cuantía durante su primer año y tendrán acceso al CAE.

-       Las personas que quedan fuera de la RAI y de los subsidios que desaparecen podrán acceder al IMV si cumplen los requisitos.

-       Supresión del mes de espera para acceder al subsidio.

-       Se exige la inscripción como demandante de empleo y el acuerdo de actividad.

-       Los subsidios se conceden por períodos trimestrales.

-       Se amplía el plazo permitido de salida ocasional al extranjero de 15 a 30 días.

-       Nuevo sistema de reintegro de prestaciones indebidas, más flexible para las personas beneficiarias.

-       Se gradúa la sanción de extinción de prestaciones.

-       Se derogan la Renta Activa de Inserción (RAI) y el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED).

-       Para favorecer la vuelta al empleo de los colectivos que presentan mayores dificultades, se incluyen medidas dirigidas a mejorar la empleabilidad de estas personas.

-       Esta reforma será evaluada por una comisión interministerial en el plazo de dos años.

Desde CCOO mostramos nuestra satisfacción por el avance que constituye este acuerdo, hay que seguir avanzando en la eliminación de vacíos de cobertura en la protección por desempleo, objetivo de la Iniciativa Legislativa popular que presentamos los sindicatos en el Congreso, con el aval de 700.000 firmas y que está en la cuarta legislatura, pendiente de tramitación, en una situación insólita que pone en cuestión la previsión constitucional del derecho a la iniciativa legislativa ciudadana. Por ello, nos felicitamos por la consecución de este Acuerdo que supone un avance en derechos de protección e inserción laboral en nuestro país.